Hoy os tenemos que comentar un nuevo caso de éxito, relativo a un reconocimiento de grado de discapacidad.

Nuestro cliente, padecía una limitación funcional de la columna, por la que tenía reconocido un grado de discapacidad del 16% desde el año 2014.

Unos años después, y tras padecer un accidente de tráfico, presentó una solicitud de revisión del grado de discapacidad, por considerar un empeoramiento en su estado físico, lo que llevaba aparejado limitaciones funcionales.

La resolución dictada por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, sobre el otorgamiento de Grado de Discapacidad en el curso del expediente, reconoció a favor de nuestro cliente un grado de discapacidad del 21%, sin reconocimiento alguno de dificultad en la movilidad.

No estando conformes con la resolución dictada, procedimos a presentar demanda contra el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, una vez agotada la vía administrativa, alegando la concurrencia de una limitación funcional de la columna y considerando que el grado de discapacidad debía ser del 37%.

Admitida a trámite la demanda, nuestro letrado presentó los informes médicos pertinentes, así como un informe pericial, que fue ratificado en sala por el perito médico. El letrado, expuso ante su señoría todas las limitaciones que presentaba el cliente, sosteniendo que la combinación las patologías generan una dificultad de movilidad que provocaba incomodidades en su vida diaria, lo que debía dar lugar a un reconocimiento de puntuación de dicho extremo como factor complementario.

El resultado final, fue que el Magistrado estimo las pretensiones de nuestro cliente, declarándolo afecto con un grado total de discapacidad del 37, anulando y dejando sin efecto la resolución dictada por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

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